1. PERSPECTIVA HISTÓRICA DEL SISTEMA EDUCATIVO
Los sistemas educativos nacionales surgen en Europa a
principios del siglo XIX a raíz de la Revolución Francesa. En España, la Constitución
de 1812 incorpora la idea de la educación en cuya organización, financiación y
control debe intervenir el Estado. Es entonces cuando se sientan las bases para
el establecimiento del sistema educativo español.
Para los liberales gaditanos, la educación aparece como un
factor de progreso y como elemento básico del nuevo régimen político. Son
conscientes de que una democracia estable sólo es posible si cuenta con una
población educada para la libertad, conocedora de sus derechos y de sus
deberes.
Sin embargo, su concreción definitiva culmina con la
aprobación, en 1857, de la Ley Moyano.
1.1 LA EDUCACIÓN
DESDE FINALES DEL ANTIGUO RÉGIMEN HASTA LA PROMULGACIÓN DE LA LEY MOYANO EN
1857.
La reacción española a la invasión napoleónica pone en
marcha la revolución liberal, que tiene como consecuencia legislativa más
importante la aprobación, por parte de las Cortes de Cádiz, de la Constitución
de 1812. En ella se proclaman la soberanía de la ley sobre el rey y una nueva
organización de la sociedad basada en los principios de libertad, igualdad y
propiedad. Se señala que las competencias en educación recaen sobre las Cortes
y no sobre el Gobierno.
Manuel José Quintana elaboró en 1814 un informe de gran
trascendencia para el futuro de la educación en España: el Informe para
proponer los medios de proceder al arreglo de los diversos ramos de instrucción
pública, posteriormente convertido en norma legal en 1821.
Pocos meses después se produce el primer alzamiento militar
de la historia del siglo, liderado por el general Elío. El gobierno surgido del
golpe de Estado declaró nula la Constitución y los decretos de las Cortes,
volviendo, de esta manera, al Antiguo Régimen.
El trienio de 1820-23, tras el pronunciamiento militar de
Rafael de Riego, es un período importante para la historia de la educación,
dado que en él se regula una nueva estructura educativa con la aprobación del
Reglamento General de la Instrucción Pública de 1821.
El Reglamento de 1821, sancionaba la división de la
instrucción en pública y privada, y determinaba la gratuidad de la enseñanza
pública.
En 1823 se restablece el poder absoluto de Fernando VII por
la intervención de las tropas francesas. Durante los diez años que dura esta
época —el rey muere en 1833—, la reacción absolutista llega con la derogación
del Reglamento General de Instrucción Pública de 1821 y la posterior
promulgación del Plan literario de estudios y arreglo general de las
universidades del Reino (1824), del Plan y Reglamento de escuelas de primeras
letras del Reino (1825), y del reglamento general de las escuelas de latinidad
y colegios de humanidades (1826).
Las novedades más importantes serían el establecimiento de
la uniformidad de los estudios de todas las universidades y su exhaustiva
reglamentación, la centralización de las universidades y la articulación
jerárquica del gobierno, la inspección y la dirección de las escuelas.
En 1833 comienza la regencia de Mª Cristina y, con ella, la
llamada «década liberal».
Estos últimos lograrán afianzar sus ideas y su poder:
desamortización, supresión de señoríos y órdenes religiosas, secularización de
la enseñanza, etc. En 1836 se aprueba el Plan General de Instrucción Pública,
que apenas tuvo vigencia pero supuso un importante antecedente de la Ley Moyano
de 1857.
En 1843, con la mayoría de edad de Isabel II, se abre un
nuevo período en la historia de España que dura hasta 1854: es la llamada
«década moderada». En el terreno educativo se aprueba en 1845 el Plan General
de Estudios, en el que se renuncia a una educación universal y gratuita en
todos los grados y se establecen las bases para la primera definición del
sistema educativo contemporáneo, que se realiza con la promulgación de la Ley
Moyano en 1857.
1.2. DE LA LEY MOYANO
A LA PRIMERA REPÚBLICA. 1857-1874.
La Ley de Instrucción Pública de 9 de septiembre de 1857,
llamada Ley Moyano por ser Claudio Moyano Ministro de Fomento en el momento de
su aprobación, significó la consolidación definitiva del sistema educativo
liberal y el comienzo de la estabilidad del desarrollo de la instrucción
pública.
La Ley Moyano consta de cuatro secciones:
- La primera, «De los estudios», regula los
niveles educativos del sistema: primera enseñanza, dividida en elemental y
superior; segunda enseñanza, que comprende seis años de estudios generales
y estudios de aplicación a las profesiones industriales; y, en el nivel
superior, los estudios de las facultades, las enseñanzas superiores y las
enseñanzas profesionales.
- En
la sección «De los establecimientos de enseñanza» se regulan los centros
de enseñanza públicos y privados.
- La
tercera, «Del profesorado público», regula la formación inicial, forma de
acceso y cuerpos del profesorado de la enseñanza pública.
- Por último, en la sección «Del gobierno y
administración de la instrucción pública» se establecen tres niveles de
administración educativa (central, provincial y local) perfectamente
jerarquizados, y se regulan unos tímidos intentos de participación de la
sociedad en el asesoramiento a las diversas Administraciones.
Las características fundamentales de esta ley son las
siguientes: Su marcada concepción centralista de la instrucción; el carácter
ecléctico y moderado en la solución de las cuestiones más problemáticas, como
eran la intervención de la Iglesia en la enseñanza o el peso de los contenidos
científicos en la segunda enseñanza; la promoción legal y la consolidación de
una enseñanza privada, básicamente católica, a nivel primario y secundario; y,
por último, la incorporación definitiva de los estudios técnicos y
profesionales a la enseñanza postsecundaria.
El 19 de septiembre
de 1868 estalla la revolución conocida como «la Gloriosa», comenzando el
llamado sexenio revolucionario, y en 1873 es proclamada la Primera República
española. Una de las características básicas de este período en el campo de la
educación es el impulso de la libertad de enseñanza. El Decreto de 21 de
octubre de 1868 defendía el necesario equilibrio entre la educación pública y
privada, la necesidad de unos estudios distintos en duración para personas con
desiguales capacidades y la libertad de cátedra. Otro importante decreto,
aprobado el 25 de octubre de ese año, organizaba la segunda enseñanza,
entendiéndola como un complemento o ampliación de la Educación Primaria, que
debía formar ciudadanos ilustrados dotándoles de una amplia instrucción, y
regulaba las facultades de Filosofía y Letras, Ciencias, Farmacia, Derecho y
Teología.
Claudio Moyano, ministro que aprobó la Ley Moyano en 1857.
1.3. LA EDUCACIÓN
EN LA ÉPOCA DE LA RESTAURACIÓN. 1874-1923.
Tras los agitados sucesos del sexenio revolucionario, los
deseos de paz y orden de amplios sectores de la población facilitaron la
llegada de la Restauración. En 1876 se aprueba el sufragio universal, la
declaración de los derechos del hombre y la tolerancia religiosa.
La Constitución, reconoce la religión católica como la
oficial del Estado, pero a su vez proclama la libertad de cultos y de
conciencia. El sector más intransigente del catolicismo español mantenía que la
confesionalidad del Estado implicaba el control ideológico de las escuelas y,
por el contrario, las tesis de los liberales más progresistas afirmaban que la
tolerancia de cultos y la libertad de conciencia significaban, necesariamente,
la libertad de cátedra.
El sistema de partidos turnantes hizo de la educación un
espacio de lucha política por la libertad de enseñanza, describiendo la
legislación educativa un movimiento de péndulo en función de quién ocupase la
cartera de Educación.
La educación volvió a tener un gran protagonismo a finales
del siglo XIX. La crisis interna y la independencia de las últimas colonias en
Asia y América hicieron que se acuñase la famosa frase de «salvar a España por
la escuela». Se reforman las escuelas normales, la enseñanza secundaria y los
planes de estudio de las enseñanzas universitarias. Las reformas también
afectan a la reglamentación de los exámenes, a la regulación de la enseñanza de
la religión, a la titulación del profesorado, a la reordenación del
Bachillerato y a la autonomía universitaria.
El intento de que los maestros pasen a ser pagados por el
tesoro público, puesto que hasta entonces eran pagados por los ayuntamientos y
su salario era bastante deficiente.
Hasta 1923, la política en general, y la educativa en
particular, fueron vacilantes e inestables.
El 13 de octubre de 1923, el general Primo de Rivera
encabezó un golpe militar que puso fin a la Restauración. El planteamiento
antiliberal del nuevo régimen se concretó en lab negación de la libertad de
cátedra. Durante el mandato primorriverista se llevaron a cabo reformas en el
Bachillerato y en la Universidad; esta última muy contestada puesto que
permitía a ciertos centros privados universitarios la colación de grado.